La colegiación es obligatoria para ejercer como ITA, pero además tiene muchas ventajas. ¡Descúbrelas!
COLEGIACIÓN
¿Aún no estás colegiado? Te conviene saber esto
Según se recoge en el Artículo 35 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General, la Colegiación es obligatoria. Es un requisito indispensable para el ejercicio de la profesión del Ingeniero Técnico Agrícola el estar incorporado al Colegio correspondiente y es única, es decir, que bastará estar incorporado a un solo Colegio para ejercer en todo el territorio nacional.
Por lo tanto, la colegiación es obligatoria para todos los titulados en Ingeniería Técnica Agrícola, en cualquiera de sus especialidades, y para el ejercicio de la profesión, en cualquier ámbito en que desempeñen su actividad, ya sea la profesión libre, la empresa privada o las administraciones públicas.
EL COLEGIO
Colegiación
Según se recoge en el Artículo 35 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de España y de su Consejo General, la Colegiación es obligatoria. Es un requisito indispensable para el ejercicio de la profesión del Ingeniero Técnico Agrícola el estar incorporado al Colegio correspondiente y es única, es decir, que bastará estar incorporado a un solo Colegio para ejercer en todo el territorio nacional.
Por lo tanto, la colegiación es obligatoria para todos los titulados en Ingeniería Técnica Agrícola, en cualquiera de sus especialidades, y para el ejercicio de la profesión, en cualquier ámbito en que desempeñen su actividad, ya sea la profesión libre, la empresa privada o las administraciones públicas.
¿AÚN NO ESTÁS COLEGIADO?
ESTOS SON LOS PASOS A DAR:
- Solicitud de alta colegial.
- Ficha de datos profesionales.
- Ficha de autorización de domiciliación bancaria de los recibos colegiales.
- Dos fotografías tamaño carnet.
- Fotocopia compulsada D.N.I.
- Fotocopia compulsada del Título de Ingeniero Técnico Agrícola o Graduado, o bien el resguardo de su solicitud.
- Cuota de alta 50 € en caso de solicitarla pasado más de un año desde la terminación de la carrera.
Los recibos de las cuotas serán trimestrales:
- 55 € cuota ordinaria.
- 18´15 € cuota parado (para beneficiarte de ella tienes que facilitar antes de comienzo de cada trimestre una AUTORIZACIÓN para pedir información en Tesorería de la Seguridad Social para comprobar que estás parado junto con una fotocopia de D.N.I. o bien facilitar una vida laboral actualizada).
Sala multiusos
Ofrecemos una sala para exposiciones y dotada con ordenadores y cañón de vídeo
Biblioteca
Sala de lectura y estudio con fondos bibliográficos propios
Formación
Cursos de formación y reciclaje
Plotter
Servicio de impresora plotter para planos y fotocopiadora

Presidente
Julián Alberto Solano Marcos

Secretario
Gregorio Morano Abril